Código Técnico de la Edificación
En Alcar disponemos de sistemas de carpintería que cumplen los requisitos establecidos en el Código Técnico de la Edificación (C.T.E.).
Código Técnico de la Edificación (CTE)
El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de Ordenación de la Edificación (LOE).
Las Exigencias Básicas de calidad que deben cumplir los edificios se refieren a materias de seguridad: seguridad estructural, seguridad contra incendios, seguridad de utilización; y habitabilidad: salubridad, protección frente al ruido y ahorro de energía.
El Código Técnico de la Edificación es un código basado en las prestaciones u objetivos.
Es válido para edificios de nueva construcción, Reformas y rehabilitaciones para edificios.
Parte I
Incluye las disposiciones y condiciones generales de aplicación del CTE y la exigencias básicas que deben cumplir los edificios.
Parte II
Está formada por los denominados Documentos Básicos (DB). Estos contienen la caracterización de las exigencias básicas y su cuantificación, así como los procedimientos cuya utilización acredita el cumplimiento de aquellas exigencias básicas.
1 – DB-SE: Seguridad Estructural (DB-SE-AE: Acciones en la Edificación, DB-SE-A: Estructuras de Acero, DB-SE-F: Estructuras de Fábrica, DB-SE-M: Estructuras de Madera, DB-SE-C: Cimentaciones)
2 – DB-SI: Seguridad en caso de Incendio
3 – DB-SU: Seguridad de Utilización
4 – DB-HS: Salubridad
5 – DB-HR: Protección Frente al Ruido
6 – DB-HE: Ahorro de Energía
Marcado CTE en detalle
Salubridad
DB-HS / Documentos básicos
En su apartado HS 3: Calidad del aire interior, tiene como objetivo establecer las pautas para que los edificios dispongan de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente.
Las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser híbrida o mecánica con las siguientes características. El aire debe circular desde los locales secos a los húmedos, para ello los comedores, los dormitorios y las salas de estar deben disponer de aberturas de admisión; los aseos, las cocinas y los cuartos de baño deben disponer de aberturas de extracción.
Cuando las carpinterías sean de clase 2, 3 ó 4 según norma UNE EN 12207:2000 deben utilizarse, como aberturas de admisión, aberturas dotadas de aireadores o aperturas fijas de la carpintería (sistema de microventilación). Cuando las carpinterías sean de clase 0 ó 1 pueden utilizarse como aberturas de admisión las juntas de apertura.
Los aireadores deben disponerse a una distancia del suelo de 1,8 m.
Las cocinas, comedores, dormitorios y salas de estar deben disponer de un sistema complementario de ventilación natural. Para ello debe disponerse una ventana exterior practicable o una puerta exterior.
Protección frente al ruido
El documento básico HR de protección frente al ruido fue aprobado el pasado 23 de Octubre de 2007.
Existe una mayor demanda en la sociedad de incrementar el confort acústico de las viviendas.
Este Documento Básico tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permitan cumplir las exigencias básicas de protección frente al ruido, limitando el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
Para satisfacer las exigencias del CTE deben:
+ Alcanzarse los valores límite de aislamiento acústico a ruido aéreo y no superarse los valores límite de nivel de presión de ruido de impactos (aislamiento acústico a ruido de impactos).
+ No superarse los valores límite de tiempo de reverberación.
+ Cumplirse las especificaciones referentes al ruido y a las vibraciones de las instalaciones.
+ El valor del índice de ruido día Ld, puede obtenerse en las administraciones competentes o mediante consulta de los mapas estratégicos de ruido.
+ Cuando no se disponga de datos oficiales del valor del índice de ruido día, Ld, se aplicará el valor de 60 dBA para el tipo de área acústica relativo a sectores de territorio con predominio de suelo de uso residencial. Para el resto de áreas acústicas se aplicará lo dispuesto en las normas reglamentarias de desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre , del Ruido en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
+ Cuando se prevea que algunas fachadas, tales como fachadas de patios de manzana cerrados o patios interiores, así como fachadas exteriores en zonas o entornos tranquilos, no van a estar expuestas directamente al ruido de automóviles, aeronaves, de actividades industriales, comerciales o deportivas, se considerará un índice de ruido día, Ld, 10 dBA menor que el índice de ruido día de la zona.
+ Si en la zona donde se ubique el edificio predomina el ruido de aeronaves y el nivel sonoro equivalente día Ld es mayor de 70 dBA, el valor de aislamiento acústico se incrementará en 4 dBA.
A partir del valor de aislamiento acústico del hueco Rw(C,Ctr) calularemos el RAtr con la igualdad RAtr = Rw + Ctr y compararemos con los valores de la tabla anterior . El valor acústico del conjunto carpintería + vidrio siempre tendrá que ser superior al de la tabla.
A partir del valor de aislamiento acústico del hueco Rw(C,Ctr) calularemos el RAtr con la igualdad RAtr = Rw + Ctr y compararemos con los valores de la tabla anterior . El valor acústico del conjunto carpintería + vidrio siempre tendrá que ser superior al de la tabla.
Reducción acústica:
Ahorro de energía
DB-HE / Documentos básicos
El documento básico HE de ahorro de energía fue aprobado el 17 de Marzo de 2006 y es obligatorio desde el 1 de Octubre de 2006.
La problemática existente a nivel mundial respecto al calentamiento global, el impacto medioambiental, la escasez de recursos naturales y el ahorro energético, hace necesario este documento. Tiene como objetivo conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo su consumo energético y utilizando para ello fuentes de energía renovable.
+ Para edificios de nueva construcción
+ Para reformas y rehabilitaciones para edificios de más de 1000 m2 donde se renueve más del 25 % del total de sus cerramientos
El objetivo del documento es una reducción media de la demanda de calefacción en un 25 % en relación con la situación
Exige una limitación de la demanda energética de los edificios, que dispondrán de una envolvente que limite dicha demanda en función del clima de la localidad.
Marca unas exigencias básicas de ahorro de energía, establece unas normas y fija unos procedimientos para cumplirlas.
Uno de los parámetros que definen la envolvente térmica es la transmitancia térmica de los huecos UH que se expresa en W/m2K y cuantifica la cantidad de energía calorífica que fluye por unidad de superficie y por la diferencia de temperatura entre los dos ambientes que separa. Este coeficiente tendrá que estar por debajo de los indicados en la tabla siguiente.
Existe un procedimiento simplificado para calcular las exigencias básicas de ahorro de energía, que será de aplicación para aquellos edificios donde el porcentaje de huecos en cada fachada sea inferior al 60 % de su superficie. Como excepción, se admiten porcentajes de huecos superiores al 60 % en aquellas fachadas cuyas áreas supongan un porcentaje inferior al 10 % del área total de las fachadas del edificio.
Zonificación climática según mapa y tabla de zonas climáticas
El valor límite de transmitancia de huecos depende de la zona climática en la que se encuentra la localidad. Ver mapa de zonas climáticas.
Para la limitación de la demanda energética se establecen 12 zonas climáticas identificadas por una letra correspondiente a la severidad climática de invierno y un número correspondiente a la severidad climática de verano (A3, A4, B3, B4, C1, C2, C3, C4, D1, D2, D3, E1).
Clasificación de los espacios
+ Espacios con baja carga interna
Son aquellos donde se disipa poco calor. Son los destinados principalmente a residir en ellos (edificios de viviendas, habitaciones de hoteles y hospitales, salas de estar).
+ Espacios de alta carga interna
Son aquellos en los que genera gran cantidad de calor por causa de su ocupación, iluminación o equipos existentes.
Definición de la envolvente térmica
Se considerará la orientación de los huecos de la fachada según la figura siguiente:
Comprobación del cumplimiento de las limitaciones de permeabilidad al aire
La permeabilidad al aire de las carpinterías, medida con una sobrepresión de 100 Pa, tendrá unos valores inferiores a los siguientes:
Todos los sistemas de Alcar cumplen con este requisito mínimo de permeabilidad.
Cálculo de los parámetros característicos de los distintos componentes
En primer lugar calcularemos el valor de la transmitancia térmica del hueco UH mediante la siguiente expresión:
UH = (1 – FM) . UH,V + FM . UH,m
siendo:
UH,V la transmitancia térmica del vidrio (W/m2K) ||| UH,m la transmitancia térmica del marco de la ventana (W/m2K) ||| FM la fracción del hueco ocupada por el marco
Seguidamente calcularemos el factor solar modificado de los huecos FH utilizando la siguiente expresión:
FH = FS . ((1 – FM) . g┴ + FM . 0,04 . Um . α )
siendo:
FS el factor de sombra del hueco obtenido de las tablas E11 a E15 ||| FM la fracción del hueco ocupada por el marco ||| g┴ el factor solar del vidrio ||| Um la transmitancia térmica del marco
Absortividad del marco para radiación solar
Factor de sombra para obstáculos de fachada: Voladizo
Factor de sombra para obstáculos de fachada: Retranqueo
Factor de sombra para obstáculos de fachada: Lamas
Factor de sombra para obstáculos de fachada: Toldos
Factor de sombra para Lucernarios
Limitación de la demanda energética
Cálculo de la media de los distintos parámetros característicos (Transmitancia UH y Factor solar modificado FH) para cada orientación rellenando los valores de la tabla siguiente y comprobación de que estos valores sean inferiores a los de las tablas de Zonas Climáticas.
Valores límite de los parámetros característicos medios según zonas (A3, A4, B3, B4, C1, C2, C3, C4, D1, D2, D3, E1)
ZONA CLIMÁTICA A3, ZONA CLIMÁTICA A4
ZONA CLIMÁTICA B3, ZONA CLIMÁTICA B4
ZONA CLIMÁTICA C1, ZONA CLIMÁTICA C2, ZONA CLIMÁTICA C3
ZONA CLIMÁTICA C4
ZONA CLIMÁTICA D1, ZONA CLIMÁTICA D2, ZONA CLIMÁTICA D3
ZONA CLIMÁTICA E1
Cálculo Informático de La Transmitancia térmica y el factor solar
En ALCAR disponemos de sistemas adaptados a cada una de las zonas climáticas, cumpliendo los requisitos establecidos en el CTE.
Alcar dispone de 3 variantes informáticas, dos de ellas para el cálculo de la transmitancia y una para el cálculo del factor solar:
– Cálculo de la transmitancia mínima para el Vidrio UV partiendo de la transmitancia térmica de una Carpintería de Alcar UM y de la transmitancia mínima del hueco UH elegida según las tablas anteriores.
+ Cálculo de la transmitancia vidrio UV
– Cálculo de la transmitancia de hueco UH (que luego comprobaremos en las tablas su validez) a partir de la transmitancia térmica de una Carpintería de Alcar UM y de la transmitancia térmica de un Vidrio UV.
+ Cálculo de la transmitancia hueco UH
– Cálculo del factor solar FH partiendo del Factor de sombra FS, el Factor solar del vidrio g^ y la absortividad a .
+ Cálculo factor solar